VETOS | ||
NOMBRE DE LA LEY | NÚMERO DE LEY | RESUMEN |
REFORMA A LA LEY ORGÁNICA DEL MINISTERIO DE SALUD. |
LEY No.7846 VETO
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Autoriza al Ministerio de Salud para que suscriba fideicomisos con el SBN como instrumentos para actividades a su cargo. Asimismo autoriza al MS para que desconcentre su gestión administrativa y financiera en los niveles regionales y locales. Razones del Veto: Resulta peligroso para la Hacienda Pública la redacción dada al transitorio único en el segundo párrafo. El cual establece que los funcionarios que no deseen continuar prestando sus servicios al Ministerio de Salud recibirán el pago completo de sus prestaciones. |
MODIFICACION DE LAS SIGUIENTES LEYES, CODIGO NOTARIAL, LEY NO.7764; LEY DE CREACIÓN DEL REGISTRO NACIONAL NO.5695; LEY DE CATASTRO NACIONAL NO.6545; CÒDIGO DE COMERCIO, LEY NO.3284; LEY DE TRÀNSITO POR VÌAS PÙBLICAS TERRESTRES NO. 7331; CÒDIGO CIVIL, LEY DE ARANCELES DEL REGISTRO PÙBLICO, NO.4564, Y LEY DE INSCRIPCION DE DOCUMENTOS EN EL REGISTRO PUBLICO LEY NO. 3883 |
LEY No. 8160
VETO |
Establece los requisitos para ser notario público, crea un fondo de garantía para los notarios públicos, el cual será administrado por la Dirección Nacional de Notariado. También establece las atribuciones y deberes de la Dirección Nacional de Notariado. Razones del Veto: La reforma que se propone se aleja de las normas señaladas, principalmente en cuanto elimina la limitación de la superposición horaria, la cual a criterio del Poder Ejecutivo debe mantenerse vigente. Además se considera inconveniente la excepción que se plantea en el inciso b) del artículo 7 del Código Notarial en cuanto exime al notario de la prohibición de celebrar contratos en la administración pública y privada de los cuales reciba salario o dietas, celebrar contratos jurídicos donde aparezcan como parte sus patronos o empresas subsidiarias siempre que no cobren honorarios por este concepto. En criterio del Poder Ejecutivo se plantea en este caso un importante problema ético que no puede ser autorizado por la legislación. Propone modificaciones a los artículos que se refieren al funcionamiento de la Dirección General de Notariado. |
REFORMA AL ARTÍCULO 374 DE LA LEY NO. 4573 DEL 4 DE MAYO DE 1970, CÓDIGO PENAL DE COSTA RICA. |
LEY No. 7999
VETO |
Establece prisión de tres a seis años a la madre y el padre o al representante legal de una persona menor de edad que por darla en adopción solicite o perciba pago, gratificación o recompensa económica o de otra naturaleza. Razones del Veto: En primer lugar, al establecerse que la pena de prisión se impondrá a quien pague, gratifique o recompense a un tercero con el fin de que la persona que pague, gratifique o recompense a la madre, al padre o al representante legal de la persona menor con el mismo fin quede impune. En segundo lugar, la norma desconoce que la adopción es solo uno de los medios empleados para realizar la venta de menores. En tercer lugar, las personas que fungen como intermediarios en la venta de menores, no son considerados como actores del ilícito. |
REFORMA DEL ARTÍCULO 9 DE LA LEY NO. 2035 DEL 17 DE JULIO DE 1956, REFORMADO POR LAS LEYES NO. 6050 DEL 14 DE MARZO DE 1977 Y NO. 7742 DEL 19 DE DICIEMBRE DE 1997, LEY ORGÁNICA DEL CONSEJO NACIONAL DE PRODUCCIÓN. |
LEY No. 8104
VETO |
Los entes públicos podrán proveerse del Consejo Nacional de Producción de todo tipo de suministros propios del tráfico de este siempre que sea a precios competitivos del mercado. Razones del Veto: Obliga a ciertas instituciones a adquirir los suministros mediante un procedimiento que se aparta de los principios fundamentales de la Contratación Administrativa y no asegura precios más adecuados en defensa de la eficiencia del gasto. |
VETOS
- Detalles
- Escrito por Miguel Ángel Rodríguez Echeverría
- Categoría: Proyectos de Ley Aprobados
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